miércoles, 1 de abril de 2020

Se reglamentaron nuevos plazos del calendario tributario por Covid-19

Se reglamentaron nuevos plazos del calendario tributario por Covid-19

El Gobierno Nacional reglamentó mediante el Decreto 401 del 13 de marzo de 2020, las modificaciones que introdujo la Ley 2010 de 2019 o Ley de Crecimiento Económico. Además, incluyó las medidas tomadas por la Presidencia de la República, con la declaratoria de emergencia sanitaria por la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud – OMS del coronavirus – COVID 19.
Entre las precisiones que hace el decreto para el cumplimiento de las obligaciones tributarias se encuentran:
Pago Impuesto sobre la Renta y Complementarios y anticipo Sobretasa
Los Grandes Contribuyentes que sean empresas de transporte aéreo comercial de pasajeros, hoteles, y quienes tengan como actividad económica principal, actividades teatrales, de espectáculos musicales en vivo y otros espectáculos en vivo, tendrán como plazo máximo para pagar la segunda cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios hasta el 31 de julio de 2020 y el pago de la tercera cuota hasta el 31 de agosto de 2020.
Las Personas Jurídicas con las mismas actividades, tendrán como plazo máximo para pagar la primera cuota del Impuesto sobre la Renta y Complementarios hasta el 31 de julio de 2020 y el pago de la segunda cuota hasta el 31 de agosto de 2020.
Es importante aclarar que la presentación de la declaración deberá realizarse en los plazos establecidos para los Grandes Contribuyentes entre el 14 y el 27 de abril y para las Personas Jurídicas entre el 14 de abril y el 12 de mayo.
El vencimiento para el pago del segundo bimestre de 2020 como del primer cuatrimestre del mismo año del Impuesto sobre las Ventas es el 30 de junio de 2020, teniendo que presentarse la declaración en las fechas estipuladas en el decreto 2345 de diciembre de 2019, es decir, entre el 12 y el 26 de mayo.
Las instituciones financieras obligadas al pago de la sobretasa, deberán liquidar un anticipo de la sobretasa calculado sobre la base gravable del Impuesto sobre la Renta y Complementarios del año gravable 2019 y realizar dos pagos en cuotas iguales así:
• Primera cuota 50%: Entre el 14 y el 27 de abril
• Segunda cuota 50%: Entre el 9 y el 24 de junio
Obras por impuestos
Las Personas Jurídicas que a 31 de marzo de 2020 soliciten vinculación del impuesto “Obras por Impuestos” y cumplan con los requisitos establecidos, podrán presentar la declaración del Impuesto sobre la Renta y Complementarios y pagar la primera cuota hasta el 29 de mayo de 2020.
Los Grandes Contribuyentes en las mismas condiciones, también podrán presentar la declaración y pagar la segunda cuota hasta el 29 de mayo de 2020.
Declaración de activos en el exterior
De acuerdo con los plazos establecidos en el decreto 2345 de diciembre de 2019, la declaración de activos en el exterior debe ser realizada cuando el valor patrimonial de los mismos poseídos a 1 de enero de 2020 sea superior a 2.000 UVT ($71.214.000).
Quienes presenten la declaración de normalización tributaria y en la misma normalice activos omitidos en el exterior, tendrá hasta el 25 de septiembre de 2020 para presentar la declaración anual de activos en el exterior.
Anticipos Régimen Simple de Tributación – RST
También fueron establecidas las fechas para los pagos de anticipos de los contribuyentes inscritos en el RST.
• Enero – Febrero de 2020: Entre el 5 y el 18 de mayo 2020
• Marzo – Abril de 2020: Entre el 9 y el 24 de junio 2020
• Mayo – Junio de 2020: Entre el 7 y el 21 de julio de 2020
• Julio – Agosto de 2020: Entre el 8 y el 21 de septiembre de 2020
• Septiembre – Octubre de 2020: Entre el 10 y el 24 de noviembre de 2020
• Noviembre – Diciembre de 2020: Entre el 13 y el 26 de enero de 2021
Plazos para declarar y pagar el Impuesto al Patrimonio
Los contribuyentes sujetos al Impuesto al Patrimonio deberán presentar la declaración de dicho impuesto entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre de 2020, de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria – NIT.
Estos contribuyentes deberán cancelar el valor total del impuesto a pagar en dos cuotas así:
• Primera cuota: Entre el 12 y el 26 de mayo
• Segunda cuota: Entre el 28 de septiembre y el 9 de octubre
Declaración y pago normalización tributaria
El plazo para declarar y pagar el impuesto complementario de normalización tributaria, a cargo de los contribuyentes que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a 1 de enero de 2020 y/o se acojan al saneamiento establecido en la Ley 2010 de 2019, será hasta el 25 de septiembre de 2020.


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viernes, 21 de febrero de 2020

Nuevos beneficios para empresas que impulsen proyectos de tecnología

Nuevos beneficios para empresas que impulsen proyectos de tecnología

Con el fin de complementar la línea de crédito que inició en 2019, gracias a una alianza entre la compañía de crédito para pymes, Sempli y Ruta N, ahora las empresas que obtengan créditos con el fin de promover su digitalización podrán recibir una condonación hasta del 50% de los intereses, siempre y cuando esta suma no supere los 8 millones de pesos.
La estrategia busca potenciar los proyectos enfocados en tecnologías de la Cuarta Revolución Industrial. Con este beneficio las micro, pequeñas y medianas empresas en Colombia podrán acceder a recursos para transformar sus modelos de negocio.
Actualmente hay disponible 5.000 millones de pesos para las entidades que quieran realizar su solicitud de crédito, por montos que van entre los 30 y los 300 millones de pesos, con plazos entre 6 y 36 meses.


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jueves, 30 de enero de 2020

Las tendencias en tecnología para 2020

Las tendencias en tecnología para 2020

En los últimos 15 años se ha logrado proporcionalmente la evolución tecnológica, y desarrollos equivalentes a los anteriores 150 años atrás. Algunas tendencias vienen del pasado reciente, otras experimentan un nivel mayor de madurez y otra irrumpen vertiginosamente para generar y convertirse en nuevas oportunidades de desarrollo, optimización, redefinición y consolidación de estrategias, conquista de nuevos nichos, posicionamiento y expansión del mercado. A continuación, siete tecnologías empresariales que se destacarán por ser tendencias en el 2020:
5G
La carrera por el desarrollo y la implementación de la quinta generación de Internet que utilizan las tecnologías móviles tendrá sus frutos en el 2020. En Colombia, el MinTIC publicó el plan para que el 5G llegue a Colombia y operadores como Claro ya anunciaron su interés en participar en este proceso. Las redes 5G permiten velocidades de hasta 10 Gbps, facilitarán la transmisión de grandes volúmenes de datos, mayor cobertura y la disminución de la latencia.
El uso del Blockchain
De acuerdo con Germán Vargas, líder de gestión de continuidad del negocio y cumplimiento de Claro, esta tecnología, que permite un mayor grado de seguridad y confianza en las transacciones en línea remotas, “asegura además la transparencia y trazabilidad de productos y servicios en toda la cadena donde se transan, a través de la verificación, rastreo, validación, certificación y almacenamiento”. Por ser una red descentralizada, se eliminan los intermediarios, reduciendo tiempos y costos asociados.
Edge Computing
Busca que el procesamiento de la información, la recopilación de contenidos, y el análisis y almacenamiento se encuentre cerca de la fuente donde se genera y se gestiona la información disminuyendo la latencia.
Hiperconvergencia
La hiperconvergencia combina diversas tecnologías como la infraestructura, conexión a red, procesamiento, almacenamiento, virtualización y seguridad, integrándolas en un mismo servicio, disminuyendo la complejidad de los centros de datos y la escalabilidad.
XaaS
Conocido en español como Todo como Servicio, esta tendencia de ofrecer servicios a través de internet y la nube, esta tecnología permite a las compañías, según sus necesidades de tecnología, desde la infraestructura, plataforma, software, monitoreo, las nuevas tecnologías de la transformación digital o cualquier tipo de requerimiento que pueda ser suministrado mediante Internet, con la ventaja del pago por demanda, permitiendo, además, agilidad en el diseño e implementación de nuevos proyectos de tecnología.
Hiperautomatización
La hiper automatización es la combinación y aplicación de tecnologías como el aprendizaje autónomo múltiple, la IA (inteligencia artificial), Machine Learning, RPA, y software empaquetado. Es una de las tendencias más fuertes y cada vez más transversal para los procesos de la organización, con el objetivo de reducir costos.
Agilismo
Forma revolucionaria de emprender y gestionar proyectos de manera más colaborativa. Proviene de la ingeniería de software y tiene inmerso un abanico de técnicas y metodologías que permite la organización de equipos quienes actúan autónomamente haciendo del cliente o usuario parte activa en el proyecto



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jueves, 10 de octubre de 2019

Objetos enlazados a Internet controlarán ambientes en el hogar

Objetos enlazados a Internet controlarán ambientes en el hogar

Este sistema objetual, que “brinda tecnologías modernas al alcance de cualquier consumidor y a diferentes niveles de intervención en el hogar”, fue desarrollado por el estudiante Luis Enrique Ñañez Cifuentes, de Diseño Industrial de la Universidad Nacional de Colombia (UNAL) Sede Palmira. Su tesis está alineada a las directrices del nuevo siglo, máxime si se tiene en cuenta que para 2020 habrá en el mundo entre 26.000 millones y 30.000 millones de dispositivos inalámbricos conectados a Internet, según compañías de investigación en tecnologías de la información como Gartner y Abi Research.
El primer objeto desarrollado es un dispositivo que permite controlar el encendido o apagado de cualquier foco de luz eléctrica ubicado en su entorno, desde un celular con acceso a Internet.
El segundo es un aparato equipado con sensores de temperatura y humedad relativa que monitorean estas variables en tiempo real según las preferencias del consumidor. En ese sentido, el sistema diseñado activa o desactiva el aire acondicionado o el ventilador para mantener constantes las condiciones de temperatura deseadas por el usuario.
El último dispositivo es un terrario inteligente (recipiente en el que se trata de reproducir, de manera artificial, las condiciones de un hábitat específico) cuyo propósito es brindar un soporte vital a plantas crasuláceas –que sobreviven a condiciones escasas de agua–. Funciona a través del monitoreo permanente de la humedad de la tierra donde está la planta, para definir si necesita ser regada automáticamente. Su construcción es parte del concepto Internet de las Cosas (IoT), que responde a las tendencias actuales de interconectar digitalmente objetos cotidianos a Internet.
Según el autor francés Jean-Baptiste Waldner, se calcula que los seres humanos estamos rodeados por entre 1.000 y 5.000 objetos. La implementación de nuevas tecnologías de interacción como los objetos inteligentes empieza a ser entonces un espacio clave en la relación de las personas con sus viviendas. Por ello, el IoT busca establecer un hábitat que genere tranquilidad, seguridad y comodidad entre elementos e individuos.
Fundamentos del sistema objetual
Para construir el sistema objetual, además del IoT, el estudiante Ñañez tuvo en cuenta dos conceptos más: la “tendencia nesting”, que entiende “el calor del hogar como escudo protector que liberará al individuo del estrés de la vida moderna”; aquí la vivienda se considera como un lugar de paz y relajación para realizar las actividades favoritas de cada individuo. El otro es el “movimiento maker”, que promueve la idea de que todo el mundo es capaz de desarrollar cualquier tarea en vez de contratar a un especialista para realizarla.
Con este marco conceptual, sumado a un sondeo de los elementos que más solicitan los usuarios dentro de la tendencia nesting, se diseñaron los tres objetos pensados para que cualquier ciudadano del común sea capaz de construirlos por sí mismo.
Para integrar los tres dispositivos se utilizó una plataforma de control, “fundamental en el desarrollo de nuevas tecnologías y en la evolución de los objetos mediante fuentes de código abierto e instructivos para construir los objetos que buscan que las personas aprendan haciendo”, explicó el estudiante Ñañez. La plataforma escogida fue Thinger.io, que permite gestionar multitud de dispositivos a través de Internet, almacenar y visualizar información recibida desde sensores, enviar información o instrucciones a dispositivos e interactuar con otras aplicaciones o plataformas.
Así, con la información suministrada por los objetos inteligentes en la plataforma habilitada, el dispositivo es capaz de aprender las rutinas del usuario y realizar acciones predictivas sobre situaciones de uso. Por ejemplo, en la tarde encender automáticamente los focos de luz, y en la noche apagarlos. Esto mismo sucede con el objeto inteligente que controla el aire acondicionado. Cuando la plataforma detecte por GPS (Sistema de Posicionamiento Global) que el usuario está llegando a su hogar después de una jornada laboral o académica, activa la regulación de temperatura según las preferencias preestablecidas por el usuario.
En cuanto al cuidado de la planta, el mecanismo envía alertas al celular de cada usuario –vía mensajes de texto– para advertir que esta debe ser regada y así controlar su estado vital. Si a los tres mensajes la humedad de la tierra no cambia de manera positiva, el terrario inteligente la riega automáticamente desde un tanque adicional que posee el sistema. También cuenta con un panel solar que autoabastece su gasto energético e informa si las condiciones lumínicas que recibe la planta son las adecuadas para prolongar su vida.



Fuente: http://www.agenciadenoticias.unal.edu.co/

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Educación: clave para la independencia política en el país

Educación: clave para la independencia política en el país

El acceso a la educación por parte del conjunto de la población ha sido una de las aspiraciones centrales del proyecto republicano. En efecto, desde las primeras décadas del siglo XIX existió un vínculo estrecho entre la enseñanza pública y la consolidación de la independencia política. Fue así como, fundada la Antigua República de Colombia, se hizo un gran esfuerzo por difundir la escolaridad y transformar los contenidos de la enseñanza respecto de aquellos que habían sido dominantes en el período colonial.
A la vez, se concibió todo un sistema público de enseñanza –la llamada instrucción pública– que, como pocas veces, recibió sobre sus hombros las esperanzas y proyecciones políticas, económicas y culturales del país naciente. De acuerdo con un conjunto amplio de leyes y decretos que se promulgaron desde 1821, las escuelas de primeras letras tendrían entre sus funciones formar ciudadanos virtuosos que compartieran los nuevos valores políticos, los principios rectores de la moral católica y estuvieran dispuestos a tomar las armas, de ser necesario, para defender la república.
Por su parte, la educación secundaria, colegios y universidades, abrirían espacios nuevos para saberes científicos y técnicos capaces de reactivar la economía luego de la guerra.
El proyecto educativo se encargaría de difundir a lo largo y ancho del territorio las dos habilidades esenciales requeridas para poder ejercer plenamente la ciudadanía y el derecho al voto: leer y escribir. El plazo para instruir a la población era corto, la Constitución de Cúcuta (1821) previó exigir la alfabetización a todos los ciudadanos a partir de 1830. Poco después, la Constitución granadina de 1832 fijó un plazo de 18 años (1850) para requerirla como condición de una ciudadanía activa.
Como si esto fuera poco, el proyecto educativo propiciaría el conocimiento de los derechos y deberes del ciudadano. Para Santander, la instrucción pública era la base para “la felicidad de los pueblos que, cuando más ilustrados, conocen mejor sus derechos y se hacen más dignos de su libertad”. La meta fue ambiciosa; según la Ley del 6 de Agosto de 1821 debía fundarse una escuela primaria para niños por cada parroquia o por cada población mayor de cien habitantes. Adicionalmente, entre 1821 y 1828 se ordenó la creación de Escuelas Normales en Bogotá, Caracas y Quito, así como de universidades en las capitales de los departamentos.
Un cambio de esta envergadura no podía ser fácil ni mucho menos armónico. Provocó conflictos profundos con la Iglesia y con las comunidades religiosas que durante siglos habían mantenido el control del campo educativo y, sobre todo, trajo enormes dificultades de implementación. Por estar costeando una guerra, un Estado, en crisis financiera, no podía sacar del bolsillo a los maestros, las cartillas y los espacios que permitirían poner en marcha el proyecto educativo. Por esto, fue fundamental el rol de las comunidades locales al intentar financiar y poner en marcha el proyecto desde las provincias y las poblaciones.
Aprender más allá de los cuidados domésticos
Hasta mediados del siglo XVIII el término “educación” estuvo relacionado principalmente con el cuidado domestico de los niños. De ahí que se le asocie con tener “buena” o “mala” educación. Por otro lado, el concepto de “instrucción” se refería a la transmisión de información y valores necesarios para desempeñar correctamente sus responsabilidades. Por ejemplo, el capuchino Joaquín de Finestrad escribió El vasallo instruido (c.1783) luego de la Rebelión de los Comuneros, porque buscaba instruir perfectamente a los neogranadinos en el amor al Rey.
Poco antes había aparecido un cambio notable en la manera de percibir la instrucción del pueblo. El Conde de Campomanes, Ministro de Hacienda de Carlos III, publicó en 1775 el Discurso sobre la educación popular de los artesanos y su fomento, en el que argumentó la necesidad de instruir en sus respectivas profesiones a los artesanos para que contribuyeran al progreso material. Este texto inspiró al Cabildo de Santafé a reformar los gremios locales.
Al final del periodo colonial las escuelas simultáneamente instruían –o impartían conocimientos rudimentarios como leer, escribir y hacer las operaciones matemáticas básicas– y educaban –o moldeaban las costumbres de los súbditos–.
Para el momento de la independencia, los sentidos de instrucción y educación eran casi sinónimos. Uno y otro designaron la intención de formar ciudadanos de la república. Pero, como señaló el pedagogo venezolano Simón Rodríguez, “Instruir no es educar. Ni la instrucción puede ser equivalente a la educación, aunque instruyendo se eduque” (1834).
La diferencia entre los términos en los diccionarios se consolidó al final del siglo XIX. La educación se entendió como la formación del desarrollo de las facultades físicas, espirituales, intelectuales y morales del individuo, mientras que la instrucción se redujo al proceso de la transmisión de información. No sorprende entonces que la Ley Orgánica de 1870 señalara: “La enseñanza en las escuelas no se limitará a la instrucción, sino que comprenderá el desarrollo de todas las facultades del alma, de los sentidos y de las fuerzas del cuerpo”.
La tarea de instruir en ciudadanía
En los primeros años del período republicano, los catecismos ciudadanos y la enseñanza de la constitución en las escuelas primarias fueron parte fundamental de la formación de los nuevos ciudadanos. El Catecismo o instrucción popular, publicado en 1814 por el cura Juan Fernández Sotomayor, se trataba de un texto realmente revolucionario. Tenía la tarea de instruir a jóvenes y niños –a través de preguntas y respuestas– sobre el derecho de los hombres nacidos en América a gobernarse a sí mismos. Para el cura era claro que la independencia se ganaba también con las palabras.
No sería el único texto semejante que aparecería en América por esa época. Los catecismos de instrucción cívica y política no tardaron en convertirse en vehículos para divulgar las ideas de las nuevas constituciones. Para la década de 1820, el Gobierno de la República de Colombia declaró que la enseñanza de la constitución debía hacerse a través de un catecismo político redactado específicamente “para el uso de las escuelas primarias”.
En sus páginas se daba respuesta a preguntas que aún hoy son pertinentes: ¿qué es la Constitución?, ¿Quiénes son ciudadanos? o ¿Tiene dueño esta república? También se debatía el alcance de las libertades individuales y el deber del Estado de protegerlas. La práctica de usar los catecismos para instruir continuó durante el siglo XIX. Junto con manuales de conducta, como el bien conocido Manual de urbanidad de Carreño, serían utilizados en las aulas para formar a las nuevas generaciones.
No sería una medida desinteresada. Los gobiernos de turno verían en la enseñanza primaria y en los catecismos ciudadanos una oportunidad para luchar y proteger sus proyectos políticos. Es difícil saber cómo circularon y qué tanto fueron leídos estos textos. Pero debemos advertir que en el siglo XIX las prácticas de lectura y de enseñanza (diferentes a las de hoy) permitieron a personas que no sabían leer o escribir acceder a los catecismos y aprender sus ideas.
Textos similares fueron leídos a viva voz, para ser repetidos o memorizados por estudiantes en las aulas de clase; otros fueron recitados por madres y padres a sus hijos e hijas en la privacidad del hogar. Independientemente de cómo se hayan leído y por dónde hayan circulado, los catecismos republicanos y los manuales de instrucción cívica lograron mantener viva la conexión entre educación y ciudadanía que tanto se promovió en las primeras décadas republicanas.

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